Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, Kevin Adrián Moreno Rincón, interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por no pronunciarse sobre su solicitud de residencia temporal por reunificación familiar presentada el 29 de noviembre de 2024. El recurrente alegó vulneración del derecho de igualdad ante la ley (Art. 19 N°2 de la Constitución). El Servicio informó que la solicitud se encuentra en etapa de resolución desde mayo de 2026 y que el recurrente mantiene situación migratoria regular. La Corte consideró que, si bien ha transcurrido más del plazo de seis meses del artículo 27 de la Ley 19.880, dicho plazo no es fatal y la solicitud sigue vigente, por lo que no se configura una omisión arbitraria o ilegal. En consecuencia, se rechazó el recurso, sin costas. La decisión contó con el voto disidente de la abogada Paula Manzo, quien estimó que el retardo de más de un año y nueve meses vulnera el principio de celeridad y la garantía de igualdad.