Resumen del criterio jurisprudencial
El caso se origina por la compraventa de una parcela y un sitio, junto con derechos de aprovechamiento de aguas, celebrada entre Victoria Jadue (demandante) y Francisco Riquelme (demandado). La compradora alega que los derechos de agua transferidos no eran aptos para el riego de los predios, lo cual era conocido por el vendedor, configurando un incumplimiento contractual. Por ello, demanda el cumplimiento forzado de la obligación de transferir derechos de agua adecuados y la indemnización de perjuicios. El demandado contesta señalando que cumplió con la tradición de los bienes y que la compradora conocía las características de los derechos de agua. El tribunal de primera instancia acoge parcialmente la demanda, ordenando al vendedor realizar los trámites para trasladar los derechos de agua y pagar $22.000.000 por lucro cesante y daño moral. La Corte de Apelaciones de Talca revoca esta decisión y rechaza la demanda. La demandante interpone recurso de casación en el fondo, que es acogido por la Corte Suprema. La Corte Suprema anula la sentencia de la Corte de Apelaciones y confirma la de primera instancia, estableciendo que la obligación de entregar derechos de aprovechamiento de aguas debe cumplirse conforme al fin convenido (riego), y que no es suficiente la mera tradición formal.