Administrativo

Kinesióloga que indica, no está habilitada para percibir la asignación prevista en el a…

Resumen del criterio jurisprudencial

Kinesióloga que indica, no está habilitada para percibir la asignación prevista en el artículo 1° de la ley N° 20.909, por cuanto las labores que realiza se encuentran sujetas a las prohibiciones establecidas en los artículos 3° y 4° de dicho texto legal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.