Laboral

Las empresas que tengan contratados a 15 o más trabajadores, tienen la obligación de co…

Resumen del criterio jurisprudencial

Las empresas que tengan contratados a 15 o más trabajadores, tienen la obligación de constituir un comité bipartito de capacitación, el cual tiene las siguientes funciones: - Acordar y evaluar el o los programas de capacitación ocupacional de la empresa. - Asesorar a la dirección de empresa en materias de capacitación.

Capacitación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.