Ambiental

Artículo 29 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 29 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Regula la participación ciudadana en la evaluación de impacto ambiental, estableciendo plazos para formular observaciones, la obligación de abrir una nueva etapa si hay modificaciones sustantivas, y el deber del Servicio de Evaluación Ambiental de considerar y pronunciarse fundadamente sobre dichas observaciones.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.