Laboral

El máximo tribunal fijó que el plazo de prescripción para cobrar feriados comienza al t…

Resumen del criterio jurisprudencial

El máximo tribunal fijó que el plazo de prescripción para cobrar feriados comienza al término de la relación laboral, no durante su vigencia. Condenó al municipio a pagar $904.693 en compensación de descansos y cotizaciones de seguro de cesantía.

La Corte Suprema fijó que la prescripción bienal para cobrar feriados comienza al término de la relación laboral, cuando la compensación en dinero se hace exigible, no durante su vigencia.Condenó a la Municipalidad de Maipú a pagar $904.693 en compensación de feriados (legal y proporcional) y cotizaciones de seguro de cesantía, rechazando la excepción de prescripción.Estableció que aunque el trabajador haya pactado pagar cotizaciones previsionales y de salud, la obligación de enterar el seguro de cesantía recae siempre en el empleador.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.