Resumen del criterio jurisprudencial
Carlos Antonio Piffaut Gabler, representado por Mario Andrés Espinosa Valderrama, dedujo acción de protección contra la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes por la reanudación de descuentos en su liquidación de remuneraciones de junio de 2026. El recurrente sostuvo que esos descuentos constituyen un acto de autotutela, pues la Caja había optado previamente por cobrar los créditos sociales mediante juicios ejecutivos. Adujo que tal actuación vulnera sus derechos de igualdad ante la ley y de propiedad sobre sus remuneraciones. La recurrida informó que los descuentos se basan en el artículo 22 de la Ley N° 18.833 y que la deuda es vigente, aunque dispuso voluntariamente el cese de los descuentos y la restitución de sumas retenidas. La Corte concluyó que, habiendo la Caja judicializado el cobro, no puede utilizar paralelamente el mecanismo de descuento directo sobre las remuneraciones. Por ello, acogió el recurso, ordenó abstenerse de seguir descontando y reintegrar lo retenido desde junio de 2026, sin perjuicio de la acción de cobro en sede jurisdiccional. Impuso la decisión sin costas.