Resumen del criterio jurisprudencial
El Movimiento Social en Defensa del Río Ñuble interpuso una reclamación contra la Resolución Exenta N° del Director Ejecutivo del SEA, que rechazó la solicitud de invalidación de la Resolución Exenta N°, mediante la cual se tuvo por acreditado el inicio de ejecución del proyecto Embalse Punilla. La reclamante argumentó que las gestiones del titular (MOP) eran insuficientes para acreditar el inicio de ejecución. El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación, considerando que la resolución impugnada se ajustaba a derecho y que los antecedentes presentados por el MOP eran suficientes. Además, condenó en costas a la reclamante por haber sido vencida totalmente. El ministro Rivera disintió en cuanto a la condena en costas, estimando que la reclamante tuvo motivo plausible para litigar. El ministro Ruiz concurrió al rechazo pero no compartió algunos considerandos.