Resumen del criterio jurisprudencial
Circular de la Superintendencia de Pensiones que determina la tabla de intereses aplicable por las administradoras de fondos de pensiones para cotizaciones pagadas con retraso entre el 1 y el 31 de agosto de 2022, conforme al artículo 28 de la Ley N° 21.227. Establece la tasa de interés nominal anual del 2,58% y los porcentajes diarios según la fecha de pago y el mes de devengamiento de las remuneraciones.