TributarioInadmisible

El contribuyente Iván Hernán Lira Velásquez interpuso un reclamo ante el Segundo Tribun…

Resumen del criterio jurisprudencial

El contribuyente Iván Hernán Lira Velásquez interpuso un reclamo ante el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana de Santiago contra el Servicio de Impuestos Internos el 27 de julio de 2016. Mediante resolución de fecha 4 de agosto de 2016, el tribunal requirió al reclamante para que, en el plazo de 15 días, subsanara ciertos vicios de la presentación. Los requerimientos consistieron en comparecer con el patrocinio de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, según el artículo 129 del Código Tributario, y señalar la profesión u oficio del reclamante conforme al artículo 125 N° 1 del mismo cuerpo legal. La parte reclamante no dio cumplimiento a dichos apercibimientos dentro del plazo establecido. En consecuencia, por resolución de 25 de agosto de 2016, el tribunal declaró tener por no interpuesto el reclamo por no haberse subsanado los vicios. La resolución fue notificada mediante carta certificada y publicada en el sitio web del tribunal, según el artículo 131 bis del Código Tributario. El fallo fue proveído por el juez titular Oscar Renato Meriño Maturana y autorizado por el secretario José Antonio Guerrero Uriarte.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.