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El órgano contralor determinó que actividades como portería o vigilancia interna ejecut…

Resumen del criterio jurisprudencial

El órgano contralor determinó que actividades como portería o vigilancia interna ejecutadas por servidores públicos en su propia institución quedan fuera del concepto de seguridad privada y, por tanto, no vulneran la prohibición legal aplicable al personal de la Administración del Estado.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.