Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra del Servicio Electoral, ordenando la entrega de los respaldos documentales asociados a la rendición de ingresos y gastos de las campañas del candidato (...), elecciones presidenciales años 2017 y 2021; y de la rendición de gastos del Partido Republicano en la campaña presidencial de 2021. Lo anterior, por tratarse de antecedentes de naturaleza pública, que obran en poder del órgano recurrido en el ejercicio de sus funciones públicas, respecto de la cual, se estima que no ha sido íntegramente proporcionada, sin invocar el Servicio causales de reserva o secreto que impidan su publicidad. Aplica criterio contenido en la decisión de amparo. En forma previa a la entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del Principio de Divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia. No obstante, en el evento de no obrar en poder del órgano alguno de los antecedentes cuya entrega se ordena, dicha circunstancia se deberá explicar y acreditar en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de acuerdo con el punto 2.3, de la instrucción general N°10.