Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Penal chileno que tipifica el delito de ultraje público a las buenas costumbres. Sanciona con reclusión menor o multa a quien venda, distribuya o exhiba material contrario a las buenas costumbres, así como a su autor o reproductor. La sentencia condenatoria ordena la destrucción del material decomisado.