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La recurrente, María Alejandra Bermúdez Torres, nacional venezolana, ingresó a Chile si…

Resumen del criterio jurisprudencial

La recurrente, María Alejandra Bermúdez Torres, nacional venezolana, ingresó a Chile siendo menor de edad y una vez alcanzada la mayoría de edad solicitó residencia temporal el 14 de octubre de 2020. El Servicio Nacional de Migraciones, tras requerir antecedentes y comunicar causal de rechazo, emitió la Resolución Exenta N°7.376 de 21 de febrero de 2023 que rechazó la solicitud y ordenó su abandono del país en 30 días. Con posterioridad, la amparada pagó una multa por permanencia irregular el 15 de mayo de 2026 y consolidó vínculos familiares y laborales en Chile, incluyendo convivencia con pareja residente definitivo, hermana con residencia definitiva, contrato de trabajo vigente y estado de embarazo. La recurrente interpuso acción de amparo alegando ilegalidad y desproporcionalidad de la resolución impugnada ante el cambio sustancial de sus circunstancias. La autoridad recurrida solicitó el rechazo del recurso argumentando el incumplimiento de requisitos administrativos y la existencia del recurso de revisión extraordinario. La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el amparo, dejando sin efecto la resolución y ordenando un nuevo pronunciamiento administrativo que pondere los antecedentes actuales. La sentencia fundamentó la decisión en la obligación de examinar proporcionalidad y arraigo, protegiendo el derecho a residir en el país del artículo 19 N°7 de la Constitución.

Amparo art. 21 Constitución Política

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.