Resumen del criterio jurisprudencial
Sergio Enrique Lucero Rivas, condenado a 20 años de presidio mayor por femicidio y 541 días por desacato, interpuso una acción constitucional de amparo contra Gendarmería de Chile por excluirlo del sistema de reducción de condena de la Ley N°19.856. Alegó que la exclusión era ilegal por aplicar retroactivamente la Ley N°21.212 que tipificó el femicidio íntimo, y que Gendarmería carecía de competencia para excluirlo, correspondiendo a la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena. La recurrida informó que la exclusión se basó en el artículo 17 letra e) de la Ley N°19.856 desde 2017, antes de la modificación legal, y que solo propone a la Comisión. El tribunal constató que la pena máxima del delito siempre fue presidio perpetuo calificado, por lo que no hubo retroactividad desfavorable. Además, Gendarmería actuó dentro de sus atribuciones al proponer la exclusión. En consecuencia, se rechazó la acción de amparo, sin costas.