Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpone acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 89 del Código de Procedimiento Civil ante el Tribunal Constitucional. La norma impugnada faculta al tribunal a fallar incidentes de plano sin recibirlos a prueba. Se alega vulneración de derechos constitucionales contemplados en el artículo 19 N°3, inciso 6°, y artículo 19 N°26, inciso 2° de la Constitución. El requerimiento se presenta en el contexto de un recurso de apelación pendiente ante la Corte de Apelaciones de Chillán. Se solicita además la suspensión del procedimiento para evitar que se resuelva la apelación antes de que el Tribunal Constitucional examine el mérito del requerimiento.