Se interpone acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 89 del Cód…
Informe · Tribunal Constitucional · 2023
Resumen
Se interpone acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 89 del Código de Procedimiento Civil ante el Tribunal Constitucional. La norma impugnada faculta al tribunal a fallar incidentes de plano sin recibirlos a prueba. Se alega vulneración de derechos constitucionales contemplados en el artículo 19 N°3, inciso 6°, y artículo 19 N°26, inciso 2° de la Constitución. El requerimiento se presenta en el contexto de un recurso de apelación pendiente ante la Corte de Apelaciones de Chillán. Se solicita además la suspensión del procedimiento para evitar que se resuelva la apelación antes de que el Tribunal Constitucional examine el mérito del requerimiento.
Normas citadas
Artículo 93 N°6 de la Constitución Política de la República
Artículo 89 del Código de Procedimiento Civil
Artículo 19 N°3, inciso 6° de la Constitución Política de la República
Artículo 19 N°26, inciso 2° de la Constitución Política de la República
Artículo 82 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
Artículos 79 y 80 de la LOCTC
Artículos 31 N°6, 42 y 44 de la LOCTC
Artículo 42, inciso 8° de la Ley 17.977
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