Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de ley que regula la suspensión del procedimiento en las cuestiones de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional. Establece que la suspensión se solicita ante la misma sala que declaró admisible el requerimiento, se mantiene hasta la sentencia y puede dejarse sin efecto por resolución fundada. El rechazo no impide reiterar la petición, y la sala puede decretarla de oficio.