Civil

Artículo del Código Civil chileno sobre asignaciones testamentarias.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno sobre asignaciones testamentarias. Establece que lo dejado indeterminadamente a parientes se entiende para los consanguíneos del grado más próximo según el orden de sucesión intestada, con derecho de representación. Si a la fecha del testamento solo hay uno en ese grado, se llama también a los del grado inmediato.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.