Resumen del criterio jurisprudencial
Circular de la Superintendencia de Seguridad Social que imparte instrucciones a entidades públicas que no operan con el Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía para el pago del bono solidario de la Ley N°20.428. Adjunta nóminas de beneficiarios con montos y causantes, regula la provisión de recursos vía Tesorería, el pago directo en ciertos casos y la rendición de los fondos transferidos, con plazo hasta mayo de 2010.