Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional resolvió el requerimiento de inaplicabilidad presentado por el Sindicato Nacional de Trabajadores Interempresa SME y el Sindicato Nacional Interempresa de Manipuladoras de Alimentos PAE y PAP Victor Jara contra la frase del inciso segundo del artículo 364 del Código del Trabajo que establece un quórum mínimo para que los sindicatos interempresa puedan negociar colectivamente. Los sindicatos alegaron que dicha exigencia vulnera el derecho constitucional a la negociación colectiva y la libertad de afiliación y desafiliación. Tras analizar la normativa y la jurisprudencia, el Tribunal determinó que la disposición es contraria a la Carta Fundamental. En consecuencia, declaró la inaplicabilidad del precepto impugnado. La sentencia fue redactada por la Ministra Daniela Marzi Muñoz y contó con voto disidente del Ministro Miguel Ángel Fernández González.