Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Penal chileno que regula la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Establece que se computan ocho horas por cada tercio de unidad tributaria mensual, con un máximo diario de ocho horas, y permite al condenado terminar la prestación pagando la multa, abonando las horas trabajadas.