Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Tributario chileno que regula medios especiales de fiscalización. Obliga a bancos, instituciones financieras y administradores de medios tecnológicos a remitir al Servicio de Impuestos Internos información sobre tasaciones de bienes raíces, operaciones de crédito de dinero, garantías y transacciones electrónicas, prohibiendo solicitar datos nominados de compras con tarjetas. Establece la confidencialidad de la información obtenida.