Resumen del criterio jurisprudencial
Asignación Familiar. El reconocimiento de los causantes de asignación familiar de la letra b) del artículo 3° del D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social se efectúa hasta los 24 años de edad, pudiendo extenderse hasta el 31 de diciembre del año en que se cumple dicha edad.