Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley de Tránsito que regula la autorización de actividades deportivas en la vía pública. Establece que los alcaldes requieren informe previo de Carabineros y, para competencias motorizadas, un seguro de accidentes. Además, especifica que las actividades en la red vial básica son autorizadas por el Ministerio de Transportes y en caminos públicos por el Ministerio de Obras Públicas.