Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acoge el recurso de casación en el fondo deducido por José Miguel Soto-Luque Luque contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que rechazó su solicitud de cambio de nombre. El solicitante buscaba eliminar el guion entre sus apellidos Soto y Luque, argumentando que una rectificación anterior realizada cuando era menor de edad no agotaba su derecho a solicitar un cambio de nombre. La Corte Suprema estima que la ley autoriza a cualquier persona a solicitar el cambio de apellidos una sola vez, y que la rectificación anterior no constituye un ejercicio previo de este derecho. Se invalida la sentencia de la Corte de Apelaciones y se acoge la solicitud del demandante conforme a derecho.