Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 328 del Código del Trabajo chileno, que regula el contenido del proyecto de contrato colectivo en la negociación colectiva reglada. Establece los requisitos mínimos que debe incluir el proyecto, como cláusulas propuestas, vigencia, comisión negociadora y nómina de afiliados. También permite al sindicato fundamentar su propuesta.