Civil

Artículo del Código Civil chileno sobre presunciones de posesión.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno sobre presunciones de posesión. Establece que si se comenzó a poseer a nombre propio o ajeno, se presume la continuación de esa posesión. También presume posesión en el tiempo intermedio si se prueba posesión anterior y actual.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.