Resumen del criterio jurisprudencial
La empresa Gajardo y Rodríguez Abogados Asociados SpA interpuso una acción de impugnación contra la Universidad del Bio-Bio por el incumplimiento del plazo de adjudicación en la licitación pública 'Servicio de cobranza crédito universitario Ley N°19.287 – SC 2743'. La demandante solicitó la adjudicación inmediata o un nuevo plazo conforme a las bases. La Universidad no evacuó el informe y no asistió a la conciliación. Posteriormente, la Universidad revocó el proceso licitatorio mediante Decreto Universitario Exento N°5133, fundado en la falta de antecedentes técnicos indispensables. El Tribunal consideró que la revocación era legal y no arbitraria, basada en el artículo 61 de la Ley N°19.880. Por ello, rechazó la acción de impugnación, ordenando que cada parte pague sus costas.