Los funcionarios de salud primaria municipal que hayan hecho uso de permiso con o sin g…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2004
Resumen
Los funcionarios de salud primaria municipal que hayan hecho uso de permiso con o sin goce de remuneraciones, durante el período de evaluación de los objetivos sanitarios, tienen derecho a percibir la A.D.E. al Desempeño Colectivo que contempla la ley 19.813, si cumplen con los requisitos exigidos por el artículo 1° del decreto N° 324, de Salud, de 2003.
Normas citadas
Ley 19.813
Ley 19.378
Artículo 3° de la ley 19.378
Artículo 1° de la ley 19.813
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