Administrativo

Artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que regula el patrimonio…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que regula el patrimonio de las asociaciones municipales, estableciendo sus fuentes de financiamiento. Dispone que solo las asociaciones inscritas en el Registro Único pueden recibir subvenciones públicas. Prohíbe a las municipalidades socias otorgar garantías por obligaciones de la asociación.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.