Resumen del criterio jurisprudencial
Concluyó que dicho requisito constituye una barrera irrazonable al derecho a la tutela judicial efectiva. En consecuencia, declaró la constitucionalidad condicionada de la norma impugnada, estableciendo que los laudos arbitrales internacionales deben ser considerados títulos de ejecución sin necesidad de homologación. La decisión se enmarca en diversos precedentes jurisprudenciales.