Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un ex funcionario de Carabineros de Chile que pedía dejar sin efecto su baja por conducta, con efectos inmediatos, y su reincorporación. El órgano concluyó que no procede invalidar la baja: conforme al artículo 53 de la ley N° 19.880, el plazo para invalidar actos contrarios a derecho es de dos años desde su notificación, y es de caducidad, por lo que no se interrumpe con reclamos. El alejamiento se verificó con la notificación de la resolución, por lo que la petición, presentada después de transcurrido ese plazo, resulta extemporánea. Respecto del reingreso, la eliminación constituye causal de retiro absoluto del artículo 115, letra f), del Estatuto del Personal de Carabineros, lo que impide la reincorporación conforme al Reglamento de Selección y Ascensos.