Civil

Artículo del Código Civil chileno sobre sucesión por causa de muerte.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno sobre sucesión por causa de muerte. Establece que si un asignatario vende, dona o transfiere el objeto deferido o el derecho de suceder, se entiende que acepta la asignación.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.