Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno sobre sucesión por causa de muerte. Establece que si un asignatario vende, dona o transfiere el objeto deferido o el derecho de suceder, se entiende que acepta la asignación.
Artículo del Código Civil chileno sobre sucesión por causa de muerte. Establece que si un asignatario vende, dona o transfiere el objeto deferido o el derecho de suceder, se entiende que acepta la asignación.
Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.
Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.