Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código del Trabajo chileno que regula el fuero laboral de directores sindicales y delegados sindicales, estableciendo su duración desde la elección hasta seis meses después del cese en el cargo, con excepciones. También regula el fuero de representantes de trabajadores en Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, designados por los propios trabajadores, y su aplicación en empresas con múltiples comités o trabajadores eventuales.