Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Procedimiento Civil que regula la procedencia del recurso de apelación en el procedimiento sumario. Establece que la sentencia definitiva y la resolución que da lugar al procedimiento sumario son apelables en ambos efectos, salvo que ello eluda sus resultados, mientras que las demás resoluciones, incluida la que accede provisionalmente a la demanda, solo son apelables en efecto devolutivo, ajustándose su tramitación a las reglas de los incidentes.