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La candidata a concejal por Talca, Erna Marjorie Maldonado Casanova, reclamó contra la…

Resumen del criterio jurisprudencial

La candidata a concejal por Talca, Erna Marjorie Maldonado Casanova, reclamó contra la resolución del Director del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales y denegó el reembolso. Sostuvo que no pudo generar el informe del artículo 44 bis de la Ley N°19.884 debido a un problema técnico del sistema web del Servicio Electoral, que mostraba el mensaje 'No hay registros de gastos contables que cumplan con el requisito del Artículo 44 bis'. Acompañó capturas de pantalla y señaló que informó al Servicio Electoral por correo electrónico. El Tribunal solicitó un informe al Servicio Electoral, el cual indicó que no hubo intermitencia en el sistema. Sin embargo, el Tribunal consideró que el sistema no permitía la generación del informe porque los gastos ingresados no eran considerados por su cuantía, lo que constituía una imposibilidad técnica ajena a la voluntad de la candidata. En consecuencia, acogió la reclamación, aprobó la cuenta electoral y autorizó el reembolso correspondiente.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.