El artículo 4.2.29 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones es una disposi…
Reglamento · Ministerio de Vivienda y Urbanismo · 2026
Resumen
El artículo 4.2.29 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones es una disposición reglamentaria que establece la obligación de señalizar todas las vías de evacuación y sus accesos en edificaciones. Su objetivo es garantizar la seguridad de los ocupantes durante emergencias, minimizando confusiones en el recorrido de escape.
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.