Resumen del criterio jurisprudencial
Circular de la Superintendencia de Pensiones que determina la tabla de intereses aplicable por las Administradoras de Fondos de Pensiones a las cotizaciones pagadas con retraso entre el 1° y el 31 de enero de 2022, conforme al artículo 28 de la Ley N° 21.227. La tasa utilizada corresponde a la rentabilidad nominal promedio de los últimos 12 meses de todos los tipos de fondos, equivalente a un 5,63% anual.