Resumen
Se acoge el amparo en contra de la Universidad de Chile, ordenándose la entrega de los gastos de pagos de honorarios; cambios de grado; pago de horas extraordinarias; cantidad de funcionarios/as que han sido ascendidos de grado o cargo entre los años 2023 y primer semestre de 2025; cantidad de funcionarios que han visto aumentos de remuneración y las razones; y estado de resultados, todo relativo a la Facultad de Artes. Lo anterior, por tratarse de información que debe obrar en poder de la institución, y por haberse desestimado la distracción indebida alegada por la reclamada, por no haber sido acreditada fehacientemente, toda vez que parte de la información requerida debería estar publicada en el respectivo banner de Transparencia Activa de la Institución, de conformidad al artículo 7 de la Ley de Transparencia. Asimismo, una deficiente gestión documental, en ningún caso, puede justificar la denegación del derecho de acceso a información pública.