Resumen del criterio jurisprudencial
Ley del sistema de pensiones que establece la obligación de las Administradoras de Fondos de Pensiones de emitir un listado público de afiliados que estén en edad legal de pensionarse o tengan saldo suficiente para ello, incluyendo a quienes hayan solicitado pensión. Detalla la información mínima del listado (datos personales, saldo, bono de reconocimiento) y faculta a la Superintendencia para regular mediante norma de carácter general la emisión, difusión, notificación y plazos de reclamación.