La Corte Suprema rechaza la acción de protección interpuesta por Luis Julio Leiva Peña,…
Sentencia · Corte Suprema · 2023
Resumen
La Corte Suprema rechaza la acción de protección interpuesta por Luis Julio Leiva Peña, médico del Hospital Barros Luco Trudeau, quien cuestionaba la legalidad de una notificación que le solicitaba reintegrar $9.175.723 por remuneraciones mal percibidas. El hospital había detectado, mediante auditoría de la Contraloría General de la República, que el médico percibió horas no cumplidas efectivamente, debido a conflictos horarios entre sus funciones hospitalarias y su labor docente. La Corte consideró que el hospital actuó conforme a derecho al seguir instrucciones vinculantes de la Contraloría y otorgó al médico oportunidad de recurrir. Se revoca la sentencia de primera instancia que había acogido la protección.
Normas citadas
Artículo 19 numerales 2 y 24 de la Constitución Política de la República
Artículo 20 de la Constitución Política de la República
Auto Acordado de la Corte Suprema sobre acciones de protección
acción de protecciónremuneracionesContraloría General de la Repúblicaprocedimiento administrativogarantías constitucionalesHospital Barros Luco Trudeaumédicohoras no cumplidas
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