Resumen del criterio jurisprudencial
Aplicación del artículo 77 bis. Reembolso de subsidios y cotizaciones por parte de las C.C.A.F. a los Organismos Administradores de la Ley N° 16.744. Imparte instrucciones.(Ver Regulación actualizada en el Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales)