Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Subsecretaría del Trabajo, ordenándose la entrega de sumario contra el exsubsecretario individualizado. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, relativa a un procedimiento sumarial que se encuentra afinado y respecto de la cual, se desestimó la afectación de derechos alegada. En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar: i) la identidad de las personas denunciante, de los particulares que puedan haber declarado en el mismo, así como la de los funcionarios públicos que concurrieron a declarar en calidad de testigos en el proceso; ii) las impresiones de conversaciones vía WhatsApp, mensajes de textos, relatos referidos a llamadas telefónicas, entre otras; y, iii) los datos personales de contexto y sensibles que puedan estar contenidos en el expediente. Lo anterior, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia. Aplica criterio contenido en las decisiones de amparos roles C3936-21, C7923-23, C404-24, C12102-24 y C8573-25.