Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 18.046 sobre sociedades anónimas que regula el pago de dividendos. Establece que solo pueden pagarse con utilidades líquidas del ejercicio o retenidas, previa aprobación de la junta de accionistas. Las pérdidas acumuladas deben absorberse primero con las utilidades del ejercicio o con utilidades retenidas si las hay.