Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula la renuncia de la solidaridad en pensiones…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula la renuncia de la solidaridad en pensiones periódicas, estableciendo que la renuncia expresa o tácita se limita a los pagos devengados y solo se extiende a los futuros si el acreedor lo manifiesta expresamente.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.