Resumen del criterio jurisprudencial
N° OF125295 Fecha: 01- I. Antecedentes Don Andrés Argandoña Besoain, concejal de la Municipalidad de Ñuñoa, denuncia que el alcalde de esa comuna habría dado a conocer, en diversas sesiones del concejo municipal -transmitidas a la ciudadanía a través de los canales oficiales de la municipalidad-, el contenido de una denuncia formulada en su contra por una funcionaria de confianza del citado alcalde, cuestión que, a su juicio, vulneraría el deber de confidencialidad propio de los procedimientos regulados por la ley N° 21.643, así como el principio de probidad administrativa. Requerido al efecto, el municipio informó, en síntesis, que el alcalde actuó en el marco de sus funciones y a solicitud de la denunciante, limitándose a informar la existencia de la denuncia al concejo municip