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Artículo de la Ley sobre Sociedades Anónimas que regula la remuneración de los liquidad…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley sobre Sociedades Anónimas que regula la remuneración de los liquidadores en el procedimiento concursal de liquidación. Establece que cuando la liquidación es realizada por liquidadores delegados o designados, su remuneración no podrá ser inferior al 0,5% del activo ni superior al 3% de los repartos a accionistas. Dispone además que si la liquidación la efectúa la Comisión, la remuneración será ingreso propio de esta entidad.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.