Administrativo

Funcionarios regidos por el Código del Trabajo, que cesan por la causal de necesidades…

Resumen del criterio jurisprudencial

Funcionarios regidos por el Código del Trabajo, que cesan por la causal de necesidades de la empresa, pueden percibir conjuntamente el beneficio por retiro del artículo 4° de la ley N° 20.948 y la indemnización por años de servicios del artículo 163 de ese Código. Reconsidera, en lo pertinente, el dictamen N° E12486, de 2025.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.