Resumen del criterio jurisprudencial
Pierre Casaina interpuso una acción de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones. La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible dicha acción mediante resolución de 21 de septiembre de 2026. La Corte Suprema, conociendo del recurso de apelación, revocó esa decisión. Consideró que los antecedentes descritos en el recurso podían constituir uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. En consecuencia, declaró admisible la acción de amparo y ordenó que una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones le dé tramitación y se pronuncie sobre el fondo. La resolución se dictó el 2 de octubre de 2026, bajo el.