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El Consejo para la Transparencia acogió los amparos presentados contra la Municipalidad…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió los amparos presentados contra la Municipalidad de Ñuñoa, ordenando la entrega de información sobre fondos concursables, agenda y otros antecedentes solicitados. La decisión establece que la información debe ser proporcionada previo tarjamiento de datos comerciales, financieros, contables y tributarios de los titulares, así como de datos personales de contexto contenidos en los instrumentos requeridos. El tribunal apercibió al municipio con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento, que incluyen multas y suspensión del cargo, y exigió acreditar la entrega efectiva de la información ante el Consejo.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Resolución Exenta N° 491
  • Artículo 9 de la Ley N° 19.880
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un municipio debe entregar información sobre fondos concursables si la solicitud se hace por Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió los amparos y ordenó a la Municipalidad de Ñuñoa entregar la información sobre fondos concursables y otros antecedentes solicitados. La entrega debe hacerse previo tarjamiento de datos comerciales, financieros, contables y tributarios de los titulares, así como de datos personales de contexto.

¿Qué sanciones enfrenta un municipio que no cumple una orden de entrega de información del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo apercibió a la Municipalidad de Ñuñoa con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento, que incluyen multas y suspensión del cargo. Además, exigió acreditar ante el Consejo la entrega efectiva de la información.

¿Qué datos pueden tarjarse al entregar información pública de un municipio en un amparo de transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó que la información se entregue previo tarjamiento de datos comerciales, financieros, contables y tributarios de los titulares, y de datos personales de contexto contenidos en los instrumentos requeridos. Así se protegen esos datos mientras se entrega el resto de los antecedentes.

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